lunes, 3 de octubre de 2022

Corte Suprema confirma condenas por crímenes de la Caravana de la Muerte en Antofagasta

 

Corte Suprema confirma condenas de ex oficiales de Ejército por crímenes cometidos en Calama por la Caravana de la Muerte en 1973


https://resumen.cl/articulos/corte-suprema-confirma-condenas-de-ex-oficiales-de-ejercito-por-crimenes-cometidos-en-calama-por-la-caravana-de-la-muerte-en-1973




Por medio de dos fallos sucesivos, la Corte Suprema dictó sentencias definitivas en contra de ocho ex oficiales del Ejército por su responsabilidad en los delitos de secuestro y homicidio calificado de 26 víctimas ejecutadas ilegalmente; y en contra de otros ocho ex uniformados por la posterior inhumación y exhumación ilegal de sus cuerpos. Los crímenes fueron perpetrados en octubre de 1973 y las exhumaciones a comienzos de 1976, respectivamente, en el marco de la operación de exterminio denominada "Caravana de la Muerte".

Por Darío Núñez

En la primera sentencia (causa rol 104.259-2020), la Segunda Sala del máximo tribunal -integrada por los ministros Haroldo Brito, Manuel Antonio Valderrama, Jorge Dahm, la ministra María Teresa Letelier y el abogado (i) Diego Munita- confirmó la pena única de presidio perpetuo simple impuesta a los ex oficiales de Ejército Pedro Octavio Espinoza Bravo y Juan Viterbo Chiminelli Fullerton por su responsabilidad como autores de 21 homicidios calificados y de 5 secuestros calificados de víctimas que fueron finalmente fusiladas en el sector del cerro Topater, en la comuna de Calama.

En tanto, los ex oficiales Carlos George Max Langer von Furstenberg, Hernán Rómulo Núñez Manríquez y Víctor Ramón Santander Véliz deberán cumplir 15 años y un día de presidio como autores del delito consumado y reiterado de homicidio calificado.

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En el caso de los también ex oficiales Emilio Robert de la Mahotiere González y Luis Felipe Polanco Gallardo fueron sentenciados a 12 años de presidio, en calidad de autores de delito reiterado de homicidio calificado.

Finalmente, se confirmó la sentencia que revocó la absolución y condenó a Oscar Figueroa Márquez a la pena de 16 años de presidio como autor del delito reiterado de homicidio calificado; este individuo había sido absuelto en el fallo de primera instancia.

El criminal Sergio Carlos Arredondo González también condenado en el fallo de primera instancia a la pena de 20 años de presidio por los homicidios y a 13 años por los secuestros calificados, falleció en el curso del proceso y resulta sobreseído por muerte.

En la sentencia de primer grado, dictada en abril de 2018 por ministro en visita Hernán Crisosto Greisse, quedó establecido que el 19 de octubre de 1973 arribó hasta el Regimiento de Infantería N°15 de Calama un helicóptero "Puma" procedente de Santiago con una comitiva a bordo comandada por el ex general Sergio Arellano Stark, quien actuaba como Oficial Delegado de Pinochet, el golpista Comandante en Jefe de la Junta Militar.

Una vez en el mencionado regimiento, junto a otros efectivos de dicha unidad, procedieron a retirar y secuestrar desde la Cárcel Pública de Calama a 26 personas que se encontraban detenidas por las tropas uniformadas. Los detenidos fueron trasladados a un sector desértico denominado 'Topater', lugar en que fueron ejecutados con armas de fuego por los mismos funcionarios que arribaron en el helicóptero junto a efectivos del Regimiento.

En 1990 fueron encontrados e identificados los restos óseos de las víctimas Mario Argüelles Toro, Carlos Alfredo Escobedo Cariz, Luis Alberto Hernández Neira, Hernán Elizardo Moreno Villarroel, Fernando Roberto Ramírez Sánchez, Alejandro Rodríguez Rodríguez, José Gregorio Saavedra González, Jorge Jerónimo Carpanchay Choque, Luis Alberto Gaona Ochoa, José Rolando Hoyos Salazar, Roberto Segundo Rojas Alcayaga, Carlos Berger Guralnik, Bernardino Cayo Cayo, Daniel Jacinto Garrido Muñoz, Domingo Mamani López, Jorge Rubén Yueng Rojas, Manuel Segundo Hidalgo Rivas, Luis Moreno Villarroel, Rosario Aguid Muñoz Castillo, Sergio Moisés Ramírez Espinoza y Víctor Alfredo Ortega Cuevas.

En tanto, las víctimas Haroldo Cabrera Abarzúa, David Ernesto Miranda Luna, Rafael Pineda Ibacache, Carlos Alfonso Piñero Lucero y Milton Alfredo Muñoz Muñoz, desaparecieron y hasta la fecha se ignora su paradero.

Quebrada del Buitre

En un segundo fallo (causa rol 24.061-2019), la Segunda Sala del máximo tribunal -integrada por los ministros Haroldo Brito, Manuel Antonio Valderrama, Jorge Dahm, la ministra María Teresa Letelier y el abogado (i) Diego Munita- confirmó la sentencia apelada, con declaración que se condena a los acusados ex oficiales de Ejército Carlos Humberto Minoletti Arriagada, Julio Fernando Salazar Lanterhy y Luis Mario Aracena Romo a penas de 3 tres años y un día de reclusión, con el beneficio de la libertad vigilada intensiva por igual lapso, como autores de los delitos reiterados de exhumación ilegal de los cuerpos de las víctimas fusiladas en Calama el 19 de octubre de 1973.

En tanto, Manuel Segundo Aguirre Cortés, Juan Carlos González Reyes, Sergio Orlando López Maldonado, Emilio Gerardo Pardo Pardo, Hugo Luciano Carrasco Pérez, Wilson Rubén Pacheco Obreque y Pedro León Gutiérrez Ruiz recibieron como condena 720 días de reclusión, con el beneficio de la remisión condicional de la pena, en calidad de coautores del delito reiterado de exhumación ilegal. Ilícitos perpetrados en la ciudad de Calama en los primeros días de 1976, en el sector conocido como quebrada del Buitre.

Finalmente, Héctor José Iturra Orrego fue condenado a 230 días de reclusión, con el beneficio de la remisión condicional, como cómplice de las exhumaciones.

En esta causa, el ministro Leopoldo Llanos dio por establecido que, el 19 de octubre de 1973, luego de que las 26 personas fueron retiradas desde la cárcel de Calama por la comitiva de la Caravana para ser ejecutadas en las cercanías del cerro Topaper, las víctimas fueron enterradas esa misma noche en una fosa abierta con ese objetivo en un lugar distante a unos 16 kilómetros del sitio de las ejecuciones. Esta inhumación clandestina es realizada en el sector denominado "Quebrada del Buitre" en la ruta que une Calama con San Pedro de Atacama. La fosa fue cubierta para evitar su ubicación. Esta inhumación ilegal fue dirigida por un oficial de Ejército perteneciente a la Sección de Ingenieros del Regimiento N° 15 de Calama.

Posteriormente, a fines de 1975 o comienzos de 1976, se instruyó, al mismo personal uniformado del Regimiento antes mencionado para desenterrar los cadáveres, meter los restos de los ejecutados en bolsas, colocar las bolsas en un vehículo militar y transportadas a otro sector (denominado 'Moctezuma'), como a 1.000 metros hacia el oriente del lugar inicial del entierro, donde nuevamente fueron enterrados en una fosa ya preparada para el efecto, que se cubrió asimismo con tierra y piedras. Todo lo cual ocurrió mientras se realizaba un ejercicio militar que permitió cerrar el paso en el camino ya referido y poder llevar a cabo el cometido.

La operación de desentierro estuvo a cargo del mismo oficial que había consumado la sepultación ilegal; la nueva fosa y la antigua fueron cubiertas de tierra y piedras para ocultar su ubicación. Sin embargo, la exhumación no fue todo lo meticulosa que se proponían los criminales uniformados, quedando pequeños restos óseos de las víctimas esparcidos en la fosa.

Quince días después el mismo personal del Regimiento Calama volvió a desenterrar los restos correspondientes a las víctimas mencionadas, que habían sido colocados en la nueva fosa, y proceden a depositarlos en sacos que fueron colocados en un camión militar, para luego ser trasladados los sacos o bolsas en las primeras horas de la mañana hasta el Aeropuerto El Loa, donde fueron embarcados en un avión de la Fuerza Aérea de Chile, el que se dirigió hacia el mar, para deshacerse de los restos.

A casi 49 años de cometidos estos crímenes, la justicia se asoma, tardía y lerda, una vez más. Y los familiares de las víctimas continúan la búsqueda de los restos de sus seres queridos.


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jueves, 2 de junio de 2022

El hallazgo de la fosa clandestina de Pisagua. 2 de junio de 1990.






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martes, 31 de mayo de 2022

Noticiero Judicial: Fallo Histórico – Caravana de la muerte Copiapó

 


https://www.youtube.com/watch?v=3yiSnaOyH68



El 17 de octubre de 1973 la “Caravana de la muerte”, liderada por Sergio Arellano Stark, llegó hasta el Regimiento Atacama de Copiapó. Dos días después la prensa informaba de la muerte de 13 hombres porque se habían fugado. Una historia que nadie creyó. Con el paso de los años las investigaciones determinaron que fueron llevados hasta un sector llamado Cuesta Cardone donde fueron asesinados. En abril del 2017 la justicia condenó a seis ex miembros del Ejército en retiro como responsables.

lunes, 2 de mayo de 2022

Encuentran osamentas en Cementerio de Copiapó: podrían ser víctimas de la Caravana de la Muerte

Lunes 06 diciembre de 2021 | 13:43

https://www.biobiochile.cl/noticias/nacional/region-de-atacama/2021/12/06/encuentran-osamentas-en-cementerio-de-copiapo-podrian-ser-victimas-de-la-caravana-de-la-muerte.shtml

En una investigación financiada por el municipio de la ciudad, profesionales del Equipo Chileno de Antropología Forense y Derechos Humanos (Echaf) encontraron osamentas en el Patio 16 del Cementerio de Copiapó. Los restos humanos podrían corresponder a víctimas de la Caravana de la Muerte, que ejecutó a 16 personas en la zona en 1973.


Profesionales del Equipo Chileno de Antropología Forense y Derechos Humanos (Echaf) encontraron osamentas humanas en el Patio 16 del Cementerio de Copiapó, en la región de Atacama.

La investigación fue financiada por el municipio de la comuna, con el objetivo de colaborar en la búsqueda que llevan adelante los hijos de tres víctimas de la Caravana de la Muerte: Benito Tapia Tapia, Maguindo Castillo Andrade y Ricardo García Posada.

Estas personas forman parte de los 16 detenidos y ejecutados el 17 de octubre de 1973 en la zona, 13 de los cuales ya fueron encontradas.

Una primera indagación se llevó a cabo en octubre de 2020 en el Patio 19 del cementerio. En aquella oportunidad no se encontraron restos, por lo que se decidió comenzar una segunda campaña. Esta vez, se hallaron osamentas que tendrían relación con inhumaciones ilegales.

Considerando la importancia de la supervisión solicitada por Marcos López, la Universidad de Atacama, con la colaboración del director de Investigación de esa casa académica, César Echeverría, y de los departamentos de Física y Geología, han facilitado el uso de georradares para una mayor precisión de las excavaciones.

De acuerdo a información entregada por la presidenta de Echaf, Daniela Leiva, aún no se puede concluir que estos restos óseos encontrados correspondan a las tres personas que permanecen desaparecidas u otras.

La profesional agregó que “estos trabajos se están llevando a cabo mediante el uso de protocolos del más alto estándar científico, protegiendo los procedimientos en tanto cualquier hallazgo en contexto de inhumaciones ilegales del tiempo de la dictadura cívico-militar, puede reabrir nuevas causas judiciales que actualmente se encuentran cerradas”.

Desde el municipio se informó que los trabajos realizados consideraron que este sitio podría ampliar las posibilidades de dar con los restos de las personas señaladas, según el levantamiento de la información de testimonios.

Se están llevando a cabo respetando el Decreto Alcaldicio N°11247, del 26 de junio del año 2020, que establece que cualquier excavación en el Patio 16 del cementerio municipal debe contar con supervisión científica, debido a que en la década de 1990 ya se produjeron hallazgos de una fosa común con 13 personas ejecutadas por la Caravana de la Muerte.

Una vez encontradas las osamentas, se informó al ministro Mario Carroza -designado por la Corte Suprema como coordinador nacional de causas sobre violaciones a los DDHH-, quien sostuvo una reunión privada con algunos familiares y una integrante de la directiva de Echaf en Santiago, la que participó en las excavaciones.

En la oportunidad, y de acuerdo a una declaración entregada por la actuaria del ministro, se indicó que “el magistrado les explicó sobre el protocolo de hallazgos de osamentas e informó al jefe de la Brigada de DD.HH. para los fines pertinentes”.

En Copiapó, en tanto, se realizó la respectiva denuncia en la Brigada de Homicidios de la PDI, procediéndose al levantamiento de las osamentas y evidencias asociadas en cadena de custodia, en espera de la designación de un ministro para este caso.

El alcalde Marcos López indicó que, por el momento, no hay más detalles que se puedan entregar considerando que ya son objeto de secreto de la investigación.


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